PRIMERO: ADMITE LA SOLICITUD DE PRORROGA para presentar el acto conclusivo, por parte del Ministerio Publico, en relación al ciudadanos: IOENAY ALVAREZ CARRILLO, colombiano, natural de Valledupar, Republica de Colombia, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía CC-88259480, 13 de Mayo de 1982, de 29 años de edad, Jhonathan David Álvarez (v) y Nuris Elena Carrillo (v), soltero, de profesión u oficio confección de ropa, residenciado invasión, en la carretera vía la Mulata, Ureña, teléfono 0424-9059255; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio de quien en vida correspondía al nombre de Johany Aquileo Jaimes Carrillo; Este Tribunal acuerda el lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del vencimiento de los primeros treinta, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Es todo terminó, se leyó .....