Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la acción de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano HUGO ANTONIO MIRANDA VELASCO, actuando con el carácter de apoderado del ciudadano JOSÉ JESÚS CASTELLANOS DÍAZ, contra el ciudadano PEDRO NEL GIRALDO CARMONA, todos suficientemente identificados en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA a la parte demandante en costas, de conformidad con la norma prevista en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber resultado totalmente vencida.