este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVA: PRIMERO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE al acusado KELLY JAVIER MORENO CARRERO, de nacionalidad venezolana, natural del estado Bailadores, estado Mérida, nacido en fecha 22/03/1985, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.208.702, estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en Bailadores, Sector Los Barbechos, casa N° 7, antes de la Cruz de la Avenida Principal, estado Mérida, teléfono: 0416-8736516, por la falta denominada CONTRABANDO DE INTRODUCCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 7 de la ley Sobre el Delito de Contrabando, en concordancia con el artículo 23 numeral 5° eiusdem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, imponiéndole el cumplimiento del pago de la multa por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA.....