ESTE JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA:
1- CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO N° 08 de fecha diez (10) de abril de 1996 y contrajeron matrimonio en fecha 08 de enero 1996, llevada en el libro del Registro Civil del hoy, Municipio Córdoba Estado Táchira pertenecientes: Ydolfo José Zapata Franco, titular de la cédula de identidad N° V-8.326.058 y Nelly Mendoza, titular de la cédula de identidad N°-5.670.642.
2- Corríjase el error material y asiéntase los números de cédulas de los contrayentes: siendo lo correcto YDOLFO JOSÉ ZAPATA FRANCO, titular de la cédula de identidad N° V-8.326.058 y NELLY MENDOZA DE ZAPATA, titular de la cédula de identidad N°-5.670.642. Así se declara,-
Inscríbase esta sentencia en el Libro del Registro Civil llevados por ante el Registro Civil del Municipio.....