PRIMERO:
Declarar PARCIALMENTE CON LUGAR LA Demanda de Cobro de Honorarios Profesionales, formulada por GREGORIO ANTONIO ALARCON CASANOVA, titular de la cédula No. V-8096841, abogado inscrito en Impreabogado bajo el No. 111007, en contra de JOSE FRANCISCO y JOSE ERNESTO DOMINICIS NIETO, titulares de las cédulas Nos. V-8094825 y 8101242 en su orden, todos de este domicilio,
SEGUNDO: Que la estimación que haga GREGORIO ANTONIO ALARCON CASANOVA, titular de la cédula No. V-8096841, de sus honorarios profesionales, sea dentro de las previsiones legales del artículo 284 del Código de Procedimiento Civil;