El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veinticuatro (24) de octubre de 2024 por el demandante, abogado Horacio Sierra contra la decisión proferida el veintiuno (21) de octubre de 2024 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo dictado el día veintiuno (21) de octubre de 2024 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: NO HAY condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
NOTIFÍQUESE a la parte actora.
Quedó así CONFIRMADA la decisión apelada.