Por todo lo anteriormente expuesto y a tenor de lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: le imparte HOMOLOGACIÓN a la diligencia de fecha 18 de Marzo de 2010 suscrita y presentada por el demandante de autos DWIGTH EISENHOWER ROJAS BARBOZA, le da carácter de cosa Juzgada, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil