Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara el proceso extinguido de conformidad con el artículo 871 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena en costas al ciudadano JOSE ISAAC ESCALANTE RAMIREZ, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara.
Regístrese, Publíquese y déjese copia para el archivo del tribunal.
Dada firmada sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del dos mil dieciocho (2018).