PRIMERO: Se NIEGA la medida cautelar solicitada por los abogados ABDÓN URBINA MÉNDEZ y LUIS ALBERTO GUERRA RONDÓN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 136.972 y 179.437, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MALDONADO VILLAMIZAR, titular de la cédula de identidad N° V-23.159.670, consistente en la suspensión de los efectos del acto administrativo emanado del Instituto Nacional de Tierras el 23 de diciembre de 2014 en Sesión número 608/14.
SEGUNDO: Se ACUERDA de manera oficiosa el traslado y constitución de este tribunal, en el lote de terreno denominado "Virgen del Carmen", ubicado en el Sector Valle Plateado de la Parroquia Juan Pablo Peñaloza del Municipio Uribante del estado Táchira, a fin de practicar una inspección judicial con el objeto de verificar la continuidad de la producción agroalimentaria y tomar las medidas a las que haya lugar, para lo cual se fijará por auto separado el día y la hora para el tra.....