Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CARMEN ZULAY BARRAGAN AGUILAR, JOSE GONZALO BARRAGAN AGUILAR, MORAIMA AMPARO BARRAGAN AGUILAR, JOSE RAMON BARRAGAN AGUILAR y LEIRA YSABEL BARRAGAN AGUILAR, y TOMASA DEL CARMEN AGUILAR DE BARRAGAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Número V.-9.338.658, V.-15.433.986, V.-9.338.656, V.-9.338.657, V.-9.346.187 y V.-2.811.405, en su carácter de hijos los primeros y conyugue la última, según consta en actas de nacimiento N° 06, de fecha 08 de enero de 1.970, expedida en el Registro Civil del Municipio Seboruco del Estado Táchira, N° 321, de fecha 24 de abril de 1981, expedida en el Registro Civil del.....