III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el coapoderado judicial de la parte demandante en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 04 de julio de 2006.
SEGUNDO: Se declara LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN interpuesta por el ciudadano JOSÉ RIGOBERTO CONTRERAS MORA contra la Sociedad Mercantil MANAPLAS S.A., en consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda incoada.
TERCERO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN APELADA.
CUARTO: Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Expídase c.....