VI
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 01 de junio de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se MODIFICA la decisión recurrida.
TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JACKSON JOSÉ LAGOS PÉREZ en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES D&D 785 C.A.
En consecuencia, se condena a la demandada a pagar al actor la cantidad de CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 46.739,73), por los conceptos reclamados.
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