En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Actuando en colaboración con la Fiscalía Vigésima Sexta del Ministerio Público), contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART. 545 DE LA LOPNNA como presunto penetrador del punible de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACCION, previsto en el artículo 453 en concordancia con el articulo 80 ambos del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos a los efectos de un.....