III
DECISIÓN
Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de CONSTITUCIÓN DE HOGAR, presentada por la ciudadana Beatriz Elena Ocampo Gómez, asistida por el abogado Carlos Augusto Contreras Chacón. En consecuencia, plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA en razón de la solicitud de constitución de hogar, de conformidad con el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil.