Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana Vilma Josefina Parra Martínez, a través de su apoderado judicial abogado Jorge Enrique González Camero, contra la ciudadana Carmen Xiomara Rolón de Núñez, por preferencia ofertiva y retracto legal arrendaticio. La Jueza Temporal (Fdo) Fanny Trinidad Ramírez Sánchez. La Secretaria, (Fdo) María Alejandra Marquina de Hernández. Esta el sello del Tribunal.