DECISIÓN:
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN del proceso de amparo constitucional interpuesto por la ciudadana AMPARO ROMON LOZANO, en representación de sus sobrinos, los niños MARIA JOSE y JOSE MANUEL ROMON JIMENEZ, en contra de la empresa mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A. y, en consecuencia, EXTINGUIDA la instancia.
SEGUNDO: Se LEVANTA la medida cautelar innominada dictada en fecha 14-12-2007 dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, en Sala de Juicio N° 05 de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese lo conducente si ha lugar a ello una vez firme la presente decisión.