"...Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común de los ciudadanos JESÚS GUILLERMO CHACÓN RAMÍREZ y LAURA GISELA BARÓN DE CHACÓN, plenamente identificados, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta N° 40 de fecha veintinueve (29) de junio de 1989, ante el Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En cuanto a la comunidad conyugal, ambas partes reconocen y declararon que adquirieron durante la vigencia de su unión los siguientes bienes: 1) Un (01) lote de terreno ubicado en Las Mesas, Municipio Antonio Rómulo Costa del Estado Táchira, adquirido según co.....