Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCION de la causa intentada por le ciudadano por el ciudadano ENCARNACIÒN NOGUERA, titular de la cédula Nº V-10.152.991, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, en contra Sociedad mercantil "FUNDICIONES MECANIZADAS JMQ representada por el ciudadano, JESUS MANUEL QUINTERO ALVAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.974.245, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS DERECHOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.