Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por la Fiscalía Octavo del Ministerio Público, en contra del acusado GERMAN JOSE JUAREZ, Venezolano, natural de Carora; titular de la cédula de identidad Nº V-15.848.731, con fecha de nacimiento 24/04/1977, de 27 años de edad, residenciado en el barrio Bolivariano, Mata de Café, Vía el Llano , de profesión u oficio Comerciante, hijo de Nancy Maria Juárez y Jesús Enrique González; es decir la admite por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 460 del Código Penal, no admitiéndola por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, así como las pruebas presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público con las correcciones materiales en esta audiencia oral, por ser licitas legales y pertinentes .....