le imparte su HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO, dejando a salvo el derecho que tiene la ciudadana EDITH XIOMARA PARADA, de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación Alimentaría)