Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle al ciudadano: GERARDO RUFINO PEREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V.-9.128.699 en su carácter de hijo y Sobrino, según consta en acta de nacimiento N° 148, de fecha 13 de Julio de 1973, expedida por el Registro Civil del Municipio José Maria Vargas del Estado Táchira y demás actas que cursan en autos su derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de las de-cujus: EUSEVIA GOMEZ DE PEREZ y FLORIA MARIA GOMEZ DE ZAMBRANO, quienes eran venezolanas, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.121.729, Nº V-9.121.767, fallecidas según consta en Acta de defunción N° 18, de fecha 12 de Mayo de 2015, exped.....