PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La incompetencia para conocer la demanda por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES intentada por la abogado FANNY RACHELL CONTRERAS DIAZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-19.135.761, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 159.898, contra el ciudadano DANIEL JOCTAN VARGAS RINCON, titular de la cédula de identidad N° V-21.219.696.
SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente acción al Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ordenando remitir las actuaciones al mencionado Juzgado.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Dada,.....