declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento de la parte demandada ciudadanos Nelson Jesús Zambrano Sánchez, José Adrián Zambrano Colmenares y Silva Ramírez José Javier, venezolanos, mayores e edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.106.468, V-2.552.990 y V-15.639.410, asistidos del abogado Juan Ramón Escalante Vivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 158.625, del documento privado de fecha 5 de mayo del 2015, inserto a los folios siete (7) y ocho (8), consistente en la venta pero reservándose un derecho de usufructo, uso y habitación de por vida para ambos, sobre los siguientes bienes PRIMERO: Un lote de terreno propio cultivado de pasto artificial y monte con una casa para habitación, construida en paredes pisadas, techos de teja, con una extensión antes de tres hectáreas y media ubicada en el Maporal aldea Vegones Jurisdicción del Municipio Ayacucho del Estado Táchira.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.