DISPOSITIVO
Por las razones anteriores expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en su competencia, decide:
PRIMERO: Se declara competente para conocer de la presente Solicitud De Medida Cautelar Autónoma de Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por los ciudadanos EDGAR LEANDRO SANDOVAL VILLAMIZAR Y LUÍS ERNESTO MORENO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédula de identidad Nº V-18.968.260 y V- 23.179.019, respectivamente, domiciliados en la Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira, Productores Agropecuarios, asistido por la Abogado GLENDY KATHERINE RAMÍREZ CASIQUE, venezolana, titular de cédula de identidad N° V-19.599.659, inscrita en el Inpreabogado N° 240.080.
TERCERO: Se solicita al Director Estadal de Ecosocialismo y Aguas del estado Táchira a realizar una inspección, a los fines de que se determine si los terrenos del lote d.....