PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano NELSON OSORIO AGUDELO asistido por el abogado UGLIS SALAVERRIA, en su carácter de demandado en contra la sentencia dictada en fecha 30 de junio de 2004 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO MOLINA HERNÁNDEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.- V.- 3.992.942, contra NELSON OSORIO AGUDELO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.- E.- 80.456.759, por COBRO DE BOLÍVARES INTIMACIÓN.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la Reconvención propuesta por la parte demandada NELSON OSORIO AGUDELO, contra el ciudadano LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ MOLINA, antes identificados.
CUARTO: Dada la naturaleza del fallo y por haber vencimiento recíproco no hay condenatoria en costas.
Queda MODIFICADA la d.....