O JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se ordena el traslado del ciudadano:, JHOANNY DE JESÚS PUERTA TEJADAS, de nacionalidad Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 20.953.710, nacido en fecha 17-12-1991, de 20 años de edad, estado civil soltero, ocupación Comerciante, hijo de Orlando Rodríguez (v) y de Yelitza Norali (v) residenciado en el Sector Las Margaritas, Casa sin número, San Carlos, Estado Cojedes, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETO PORVENIENTE DEL DELITO , previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 4 y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y .....