1.- Homologado el desistimiento realizado por el ciudadano ALBERTO EDECIO BARRIOS PÉREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-5.656.990, actuando en su carácter de Representante Legal de la Sociedad Mercantil NIKETOWN C.A., empresa inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 04-01-01-, Tomo 1-A, N° 2, identificado con el Registro de Información Fiscal N° J-30766804-0, domiciliada en la carrera 23, con calle 10, Centro Comercial Plaza Nivel San Cristóbal, Local 38, Barrio Obrero, San Cristóbal Estado Táchira, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Zulay Jaimes de Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.678.
2.- Extinguido el proceso incoado por la Sociedad Mercantil NIKE TOWN C.A, antes descrita, contra la Resolución Art. 191 del Código Orgánico Tributario signado con el número y las siglas RLA/DSA/2003/00032, de fecha 16 de mayo 2003, contentivo de la planilla de liquidación.....