Se decidio HOMOLOGANDO LA CONCILIACION TOTAL DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, producida entre los ciudadanos, LUZ MARINA GUERRERO SANCHEZ y WILMER ALEXANDER ESCALANTE NAVAS en beneficio de sus hijos, de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con la excepción contenida en el articulo 384 ejusdem, otorgándosele a ésta declarativa el carácter de fuerza ejecutiva. Líbrese oficio al Ministerio del Poder Popular de la Educación para el descuento por nomina.