DECLARA: 1°: ADMITE preliminarmente el referido recurso contencioso administrativo de nulidad incoado. 2° IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada en la demanda de nulidad incoada por el abogado Jesús Armando Colmenares Jiménez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el n. º 74.418, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET), en contra de la providencia administrativa n. º 1416-2015 de fecha 27.7.2015, emanada de la Inspectoría del Trabajo General Cipriano Castro del estado Táchira, en el expediente n. º 056-2013-00001 nomenclatura llevada por ese órgano administrativo. 3°: SE ORDENA notificar mediante oficio con inserción de copias certificadas de la presente sentencia a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.