En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO.- LA INTERDICCION PROVISIONAL DEL CIUDADANO: TOMAS DE JESÚS GONZÁLEZ GALEANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-23.161.004.
SEGUNDO.- SE DESIGNA COMO TUTORA INTERINA A LA CIUDADANA: LUZ OMAIRA GONZÁLEZ DE BERMÚDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-10.170.778.
TERCERO.- Se ordena publicar el presente decreto de interdicción provisional tal como lo prevé el artículo 415 del Código Civil; asimismo, a fin de dar cumplimiento con lo señalado en el artículo 414 ejusdem, regístrese el presente decreto y déjese constancia en autos de haber cumplido lo aquí ordenado todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 416 del Código Civ.....