este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVA: UNICO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE al acusado PINEDA RUBIO ANDERSON YUSSEPE, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15.774.517, de 27 años de edad, soltero, residenciado en la calle 9 con carrera 5, casa S/N, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira; por la falta denominada PERTURBACION A LA TRANQUILIDAD PUBLICA Y PRIVADA, previsto y sancionado en el artículo 506 del Código Penal, en perjuicio del orden público, imponiéndoles el cumplimiento del pago de la multa de DIEZ (10) UNIDADES TRIBUTARIAS, que realizaran por ante el Tribunal correspondiente