Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO ACUERDO DE LOS CÓNYUGES: ANTONIO LÁZZARO DI BLASI Y NAHIR RUIZ RUBIANO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.183.258 y V.-13.309.013, de este domicilio, Estado Táchira y hábiles, asistidos por la abogada CARMEN OMAIRA GONZALEZ. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público respectivo con copia certificada de la solicitud, y del presente auto. Se insta a los solicitantes a impulsar las fotocopias para la elaboración de la boleta.