En mérito de las anteriores consideraciones, es por lo que este Juez temporal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de: "Reconocimiento de Comunidad Concubinario" incoada por: LEIDA VIRGINIA CONTRERAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.353.952, en contra del niño: SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA DE CONFORMIDADA CON LO ESTABLECIDO 65 DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, venezolano, de siete (07) años de edad. En consecuencia, se reconoce judicialmente la existencia de la comunidad concubinario entre los ciudadanos: LEIDA VIRGINIA CONTRERAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.353.....