DECIDE: UNICO: SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EN CONSECUENCIA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 361 en concordancia con el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano NERWIN NORWER SILPA PARRA, titular de la cedula de identidad V-16.764.975 por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal. Remítase la presente causa al archivo judicial una venza el lapso legal correspondiente. Para lo cual quedan debidamente notificadas todas las partes presentes. Terminó, se leyó y conformes firman.