PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS HERNÁNDEZ BENAVIDES en contra de la sociedad mercantil GUTIÉRREZ PROTECCIÓN Y SEGURIDAD GRUPOSE C.A., por cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: SE CONDENA a la sociedad mercantil GUTIÉRREZ PROTECCIÓN Y SEGURIDAD GRUPOSE C.A. a pagar al demandante la cantidad de VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS DOCE BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.29.512, 49.).
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la Sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Luis Francheschi,
a) Los intereses de mora y la indexación o corrección monetaria sobre la prestación por antigüedad serán calculados por un único experto desde la fecha de terminación de la relación de trabajo (26/08/2011) hasta la fecha de la materialización del presente fallo.
b) La indexación o corrección monetaria sobre los demás conceptos condenados .....