Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN,185 A de los ciudadanos: VERUSCHKA YORBETH DUKON ACEVEDO Y JOHNNY LARSEN OSORIO RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 10.168.497 y V- 9.145.174, con domicilio en el Barrio Piso de Plata II Calle 1 Casa # 5 de la Ciudad de Rubio Municipio Junín del Estado Táchira, asistidos en este acto por el ABG JULIO CESAR SANDOVAL PEREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.688, acreditado en autos, en razón de lo cual, QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio de Rubio Municipio Junín del Estado T.....