Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERECIDO el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Jesús Erasmo Benítez Torres, titular de la cedula de identidad Nº V-14.179.805, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de Enero de 2017, que negó la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre el inmueble