este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECIDE: ÚNICO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, se mantiene la Medida de Privación Judicial preventiva de libertad, en contra del acusado: CARLOS YOCFRESON DURAN PARADA, quien es de nacionalidad venezolano, nacida en fecha 10-10-1992, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad V- 20.879.580, de estado civil soltero, de ocupación Moto taxi, residenciado en Urbanización Pérez de Toloza carrera 1 con calle 6 San Juan de Colon, Estado Táchira; por la presunta comisión del delito ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la delincuencia Organizada y Financiamiento al terrorismo, y COAUTOR DE EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 11 en concordancia con el artículo 16, encabezamiento en.....