PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DECLARACIÓN DE AUSENCIA del ciudadano JOSÉ TOMAS RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.636.065, casado, quien tenía su domicilio en la Prolongación de la Unidad Vecinal, casa sin número, San Cristóbal Estado Táchira, intentada por los ciudadanos: MARLENY JOSEFINA RIVERA DE CARTA, TOMAS EDUARDO RIVERA BONILLA, CAROLINA DEL CARMEN RIVERA DE FORACAPPA, LEONARDO JOSÉ RIVERA BONILLA, EDWIN ENRIQUE RIVERA BONILLA, JEANNETTE SOFIA RIVERA DE MIRABAL Y ORLANDO JOSÉ RIVERA BONILLA, a través de sus apoderados, abogados Miriam Josefina Peñaloza de Dávila y Héctor José Dávila Ocque, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 26.146 y 31.098.....