PETICION DE MEDIDA CAUTELAR
Solicita se dicte medida cautelar innominada y urgente de suspensión de los efectos de los autos dictados por el Juzgado agraviante del 02 y 22 de julio del 2.025.
Respecto a la solicitud de medidas cautelares dentro de juicios de amparo constitucional, tal como lo estableció la Sala Constitucional en en sentencia de fecha 24 de marzo de 2000 (caso Corporación L’ Hotels C.A.), el peticionante en amparo, no está obligado a probar la existencia de fumusboni iuris ni de periculum in mora, sino que dada la celeridad y brevedad que caracterizan al proceso de amparo constitucional, depende únicamente del sano criterio del juez acordar o no tales medidas, tomando en consideración las circunstancias particulares del caso sometido a su examen.
En el presente caso, esta Sala observa que de las decisiones que se pretenden suspender a través de la acción de amparo Constitucional ordenan la entrega de un inmueble ocupado por la quejosa en amparo, ante ello los hec.....