DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada interpuesto por la abogada Gildha Rosa Peña Ortiz, en su condición de defensora pública penal del penado Carrillo Bonilla Gerardo Santiago.
SEGUNDO: Declara la NULIDAD ABSOLUTA de conformidad con el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, de la decisión dictada en fecha 19 de enero de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 1 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la libertad condicional al referido penado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: ORDENA que un Juez distinto, pero de igual categoría al q.....