Sobre las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudenciales ya expuestas y analizadas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento efectuada por los ciudadanos MARCELINO BUSTAMANTE SANCHEZ y CARMEN LUCIA MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-9.148.953 y No.V-6.105.835 respectivamente, patrocinados por la abogada Sonia Esperanza Vivas Garnica, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.35.384.
SEGUNDO: Queda Disuelto el Vínculo Matrimonial que entre ellos fue contraído ante el Prefecto Civil del Municipio Libertad, Distrito Capacho, hoy Municipio Capacho Viejo del estado Táchira, en fecha miércoles 25 de marzo de 1987, conforme Acta de Matrimonio No. 19.
TERC.....