este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE FECHA 10 de junio de 2024, y que guarda relación con la demanda incoada por los ciudadanos WILLIAM ERNESTO PARADA MARIÑO y MARISOL PARADA MARIÑO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-6.085.420 y V-6.278.788 contra el ciudadano JOSE GUILLERMO PARADA MARIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.162.879, por Nulidad de Documento de venta, y se le da el caracter de Sentencia con Autoridad de Cosa Juzgada.
En consecuencia, SE DECLARA NULO de nulidad absoluta, el Documento de Venta inscrito por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Pùblico con funciones Notariales del Municipio Cordoba del Estado Tachira, de fecha 16/07/2018, quedando matriculado con el No......