PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción propuesta por el abogado UGLIS ANTONIO SALAVERRIA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-4.887.025 inscrito en el IPSA No. 28.032, contra la ciudadana LUZ MARINA CRISPIN DE GELVIZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-13.999.895
En consecuencia, se condena a la ciudadana LUZ MARINA CRISPIN DE GELVIZ ya identificada a pagar al Abg. UGLIS ANTONIO SALAVERRRIA, la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (BsF.450.000,oo) equivalentes a sus honorarios.
SEGUNDO: Se NIEGA la indexación solicitada