DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la abogada Rosa Edilia Silva de Benítez, en su carácter de defensor del imputado Luilly Josue Rey Álvarez, contra la decisión dictada en fecha 27 de septiembre de 2016, por la abogada Naireth Karina Cárdenas Aguilar, Jueza Temporal Cuarta de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal.