Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA LO CONVENIDO POR LA PARTE ACCIONADA, en fecha 17 de octubre de 2024, y que guarda relación con la demanda incoada por la ciudadana FYARLIN NAZARELLI GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-26.404.145, de este domicilio y hábil, contra la ciudadana LEIDY JHOANNA BADILLO VARGAS, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-84.392.464, por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado de Venta de Mejoras, en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en cuanto a su firma el documento privado.