DECISIÓN
A la luz de los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación incoado catorce (14) de junio del año 2024, por el Abogado Mike Andrews Omar Parada Amaya, quien actúa con el carácter de defensor privado del ciudadano Junior Omar Salcedo –condenado de autos-.
SEGUNDO: Confirma la decisión dictada en fecha catorce (14) de febrero del año 2024, cuyo íntegro de la sentencia fue publicado en fecha veintiuno (21) de mayo del mismo año, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad lega.....