DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las abogadas Yuly Jemaive Osorio Andara y Ana María Hernández, Fiscales Interina y Auxiliar Interina de la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 18 de mayo de 2015 y publicada mediante auto fundado el día 25 del mismo mes y año, por el abogado Eliseo Padrón Hidalgo, Juez Octavo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a la referida acusada a cumplir la pena de dos (02) años de prisión y al pago de la multa de diecisiete mil doscientos treinta y cinco bolívares con catorce céntimos (Bs.17.235.14), por la comisión del delito de Obtención Fraudulenta de Divisa.....