PRIMERO: CON LUGAR la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, intentada por la ciudadana GRACIELA MORA DE ZAVALA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-1.523.995, domiciliada en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira y hábil en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS de la ciudadana MATILDE MORA viuda de PINZÓN, quien falleció según acta de defunción No. 106 de fecha 03 de julio de 1967, inserta por ante la Prefectura del Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda, de la que consta que fuera de estado civil Viuda y no dejó hijos.
SEGUNDO: Se declara como dueña por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA a la ciudadana GRACIELA MORA DE ZAVALA, antes identificada del inmueble consistente de un lote de terreno ubicado en la Avenida 10, entre calles 12 y 13, No. 12-46, de la ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, alinderado por el NORTE: con propiedades que fueron de PEDRO RAMÍREZ RUEDA; SUR: con predios que fueron de CARLOS EDUARDO BARROSO; ESTE: con predios q.....