REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 18 de julio de 2012.

202º y 153º

Visto el escrito de fecha 27 de junio de 2012 (Fls. 358 al 360) presentada por el abogado LUIS ORLANDO RAMIREZ CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.107, actuando con el carácter de Apoderado de la parte demandante en la presente causa, por un aparte y por la abogado FLORELIA VERA CACERES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.477, parte demandada, respectivamente contentiva del convenimiento mediante el cual modifican la transacción celebrada en este Despacho en fecha 25/09/2009, debidamente homologada en fecha 29/09/2009; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO celebrado en los términos acordados por ellos y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado por ambas partes, se levanta medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil ,mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 04/03/1998. Asimismo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir por Secretaría copia fotostática certificada del escrito arriba descrito, con inserción del presente auto, a los fines de su protocolización. Ofíciese lo conducente al ciudadano Registrador Público.


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/mr.-
Exp: 13908
En la misma fecha se libró el oficio para el Registro bajo el N° _______.
La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: La exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original tomada del expediente Nº 13908-1999, relacionado con el juicio seguido por MERCEDES LOPEZ DE TORRES, quien actúa en nombre propio y en representación de los ciudadanos GEBER LOPEZ MARIN, FLOR DE MARIA LOPEZ DE ZAMBRANO, GLISNARDA LOPEZ DE ROJAS, LUDY LOPEZ MARIN, LEONOR LOPEZ DE CUBEROS y CARLOS JULIO LOPEZ MARIN contra FLORELIA VERA CACERES por PARTICION